Nuevamente "Squashistas Mexiquenses A.C." viola derechos de niños y jóvenes squashistas.
En el siguiente link en encontrarán la carta que el PROFOSEM manda a las naciones unidas y un par de documentos mas donde solicita la afiliación e inscripción la cual es rechazada sin fundamentos por "Squshistas Mexiquenses A.C.
Toluca, México a 04 de Febrero de 2013.
Comité de las Naciones Unidas.
Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.
Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas.
Asunto: Solicitud de involucramiento en posible violación de derechos humanos e infantiles de 12 niños y jóvenes del Estado de México, México.
El pasado 14 de Enero del 2013 solicité al Sr Armando Tepos Zenil, la afiliación a “Squashistas Mexiquenses A.C.” e inscripción al Registro del Deporte Federado (SiRED) para 12 niños y jóvenes Squashistas del Estado de México, quienes tienes por derecho a ganarse un lugar en dos torneos de clasificación preolímpicos y participar en la Olimpiada Nacional 2013 que convoca El Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE), en coordinación con la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), con fundamento en la Ley General de Cultura Física y Deporte en sus artículos 2, 6, 29 fracción VI, XXI y 36 fracción II, así como en su Reglamento en el artículo 15, la inscripción y afiliación son requisitos para participar en la Olimpiada Nacional 2013.
La respuesta que nos dío Sr. Armando Tepos Zenil y nos hizo llegar el 2 de Febrero de 2013, es una negativa para la inscripción y afiliación, de tal forma que con esta respuesta está discriminando a 12 niños y jóvenes de participar libre y plenamente de un derecho que se encuentra en la “Convención sobre los Derechos del Niño” emitida por las Naciones Unidas y en la cual México participa desde 1990, este derecho también se encuentra en el Artículo 4° de la “CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS” y en la Ley General de Cultura Física y Deporte.
Esta no es la primera vez que se presenta esta situación, el año pasado, para ser precisos el 8 de Mayo de 2012, el Sr. Armando Tepos Zenil, humilló, castigó e impidió a varios niños a participar en la Olimpiada Nacional del 2012, que por derecho habían ganado ya su lugar para competir en esta contienda, esta situación se dio a conocer por medios electrónicos y/o por e-mail a la Federación de Squash de México A.C., es conocida a través de los mismos medios por la Confederación Deportiva Mexicana (CODEME), por la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE), por el Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte (IMCUFIDE) y por algunas otras instancias federales y/o organismos Civiles, sin embargo, nuevamente se está repitiendo esta situación por parte del Sr. Armando Tepos Zenil, Presidente de “Squashistas Mexiquenses A.C.” donde a petición mía, sobre la afiliación a “Squashistas Mexiquenses A.C.” e inscripción al Registro del Deporte Federado (SiRED) para 12 niños y jóvenes Squashistas del Estado, el Sr. Armando Tepos Zenil lo marca como improcedente por motivos ajenos a los 12 niños y jóvenes, poniendo en riesgo nuevamente el derecho de que participen en la Olimpiada Nacional 2013.
Respetuosamente estoy pidiendo la participación e involucramiento en este asunto a las Naciones Unidas (ON), al Comité de los Derechos del Niño (CRC) y al Comité de Derechos Humanos, ya que no he recibido respuesta de las instancias Federales y Asociaciones Civiles de mi país, “Mexico”, y aparentemente, supongo que si se está repitiendo esta situación, es que no han hecho algo para prevenirla y/o solucionarla.
Estoy copiando por e-mail a las instancias de México que mencioné anteriormente para que hagan algo con respecto a la carta que recibimos por parte del Sr. Armando Tepos Zenil, y eviten una nueva violación a los derechos de estos 12 niños y jóvenes, así como el ignorar los tratados internacionales que México tiene, la siguiente participación de clasificación preolímpica de los niños comienza el 7 de Febrero del 2013 (a solo 3 días), en León Guanajuato, por la cual, los niños y jóvenes se han preparado fuertemente durante el último año para jugarse un boleto a la Olimpiada Nacional 2013.
El 26 de Junio de 1990, México firma la “Convención sobre los Derechos del Niño” y lo ratifica el 21 de septiembre de 1990.
El Artículo 31 de esta convención menciona que:
Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al descanso y el esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y a participar libremente en la vida cultural y en las artes.
Los Estados Partes respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.
Así mismo el Artículo 2 de esta convención dice:
Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.
Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares.
Esto derivó que se creara un manifiesto destinado a ser suscripto y adoptado por educadores y entrenadores de deportistas, esta carta Nacida en Ginebra, por voluntad de un grupo de panathletas expertos entrenadores y educadores para la infancia y la adolescencia, representa en un documento fundamental para los que aceptan practicar y difundir la idea deportiva que destaca el valor del niño más bien que el resultado. La “Carta de los Derechos del Niño en el Deporte” nació en 1988 y contiene once puntos de los cuales enuncio y profundizo algunos de estos.
EL NIÑO TIENE:
1. Derecho a practicar un deporte
Ningún club debería decir que no a un niño que quiere hacer deporte, sea dotado o no, tenga físico idóneo o no. Corresponde al club y al entrenador proponer el nivel que corresponde a las posibilidades del niño. No se debe olvidar que para disminuir la violencia en el deporte conviene aumentar el “fair play”, comportamiento éste que justamente se aprende en temprana edad participando en competencias en las cuales se debe respetar las reglas
2. Derecho de entretenerse y jugar como un niño
3. Derecho de aprovechar un ambiente sano
4. Derecho de ser tratado con dignidad
Esto significa considerar al niño como persona. Este tópico de la Carta evoca algunas situaciones escandalosas y dolorosas, especialmente para aquellos que aman el deporte y desean promocionarlo. Son aquellos casos en los que se considera al niño como fuente de ingresos o como generador de trabajo.
5. Derecho de ser rodeado y entrenado por personas competentes.
6. Derecho de hacer entrenamientos apropiados a sus ritmos
7. Derecho de competir con jóvenes que tienen las mismas posibilidades de éxito.
8. Derecho de participar en competiciones adecuadas a su edad.
9. Derecho de practicar su deporte dentro de la máxima seguridad.
10. Derecho de tener adecuadas pausas para descansar.
11. DERECHO DE NO SER CAMPEÓN.
Respetuosamente.
En representación de los deportistas afiliados al “PROFOSEM A.C.”
M. en I. Francisco Javier Polo Hurtado.